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Estudiantes de la Universidad Mayor se capacitaron sobre el IVA en la construcción

La actividad se enmarcó en el ciclo de charlas “Construyendo tu Futuro”, enfocado a los alumnos de la Escuela de Ingeniería en Construcción.


La Escuela de Ingeniería en Construcción de la Universidad Mayor y el Servicio de Impuestos Internos (SII) realizaron una charla sobre elimpuesto al valor agregado (IVA) en el rubro que afectará a esta industria, como también a aquellas inmobiliarias que comercialicen propiedades a contar de enero de 2016.

Carlos Berner, director de la Escuela de Ingeniería en Construcción, explicó que esta charla tuvo como objetivo dar un marco referencial a los estudiantes que, en el corto plazo, serán los nuevos ingenieros constructores de la U.Mayor.

“Esta charla fue de suma relevancia, porque en el fondo este es el marco que ellos (los estudiantes) van a tener en su vida profesional tras salir de la Universidad. Por ello, es muy importante que lo conozcan, porque tanto en construcción como en inmobiliarias se verán afectadas”, dijo.

Berner explicó que esta medida también viene a regularizar una industria que es una de las pocas que estaba exenta del gravamen más común en Chile, el IVA.

“Hay un tema que tiene relación a las inmobiliarias. Nacieron en los años 80 y son una de las pocas actividades que habían quedado fuera del IVA en Chile, por lo que también, desde el punto de vista tributario, se está regularizando para las inmobiliarias”, señaló.


CONYUNTURA NACIONAL

Cristian Vásquez, estudiante de quinto año de Ingeniería en Construcción, aplaudió la iniciativa de su Escuela con esta nueva charla “Construyendo tu Futuro”.

“El tema del IVA es muy importante y que está en la coyuntura nacional y que afecta a las constructoras, inmobiliarias y a todo tipo de inversiones que se generan entorno a la industria y este tema afectará a la rentabilidad de todos los proyectos inmobiliarios”, expuso el alumno que actualmente se encuentra en etapa de egreso.

De hecho, Vásquez se encuentra realizando un proyecto de título profesional denominado “El Mercado Inmobiliario Residencial en Viviendas Nuevas de Temuco”.  En uno de los apartados de este documento, el alumno aborda el comportamiento inmobiliario reflejado en la publicidad.

Además, Vásquez explicó que actualmente “estoy haciendo mi práctica en la empresa Socovesa y ahí se está haciendo una campaña que se llama ‘Embálate Ya!’, que  llama a los consumidores a firmar promesas de compra-venta antes de enero de 2016”, dijo a propósito del gravamen que será, como se estima, traspasado finalmente a los compradores.

En efecto, el director de la Escuela de Ingeniería en Construcción así lo ratificó. “¿Cómo afecta esto en realidad? Afecta al consumidor final, querámoslo o no, las inmobiliarias o las constructoras no van a subir ese costo en mayoría y lo que va a terminar ocurriendo es que van a subir los bienes inmuebles. Esto afecta a los dos ámbitos, porque hasta hace poco había un subsidio para el IVA para las empresas constructoras que era del 60%, después se rebajó a un tope de 4.500 UF y, a contar de enero de 2016, va a ir bajando gradualmente hasta las 2.000 UF”.

También dijo que no existirán exenciones al IVA para las empresas constructoras y que, además, todas las transferencias que hagan las inmobiliarias quedan sujetas al gravamen.


GOBIERNO

Desde el SII explicaron que con la afección del IVA actualmente existen “normas transitorias”, donde se señalan excepciones para que, gradualmente, se incorpore la carga tributaria como a otros sectores de la economía chilena.

Se indicó además que el objetivo de la aplicación del impuesto es, por una parte, recaudar más fondos y, por otro lado, regularizar una industria que históricamente no ha pagado gravámenes como sí lo han efectuado otros rubros.

No obstaste, desde Impuestos Internos señalaron que también hay franquicias, como el artículo 12, que señala que las compras o los leasing con subsidio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) están, para el comprador del inmueble, exentos de IVA.

En la exposición del SII se analizó el IVA a la construcción, específicamente las modificaciones en los hechos gravados de venta y los hechos gravados especiales, como por ejemplo la promesa de compra-venta, leasing, contratos de constitución, adjudicaciones, retiros, entre otros.

Sin embargo, ante la compra de una propiedad la situación varía, dependiendo del régimen tributario en el que el consumidor efectúa sus acciones relativas a la adquisición.

Por ejemplo, si la persona actualmente suscribe una promesa de compra-venta de un inmueble, por escritura pública, queda exento de IVA; si está bajo subsidio del Minvu también quedará exento de pagar el impuesto; asimismo quedan eximes del gravamen las propiedades por norma transitoria. En cambio, si los trámites se efectúan en 2016, el interesado podría quedar afecto a este impuesto, pero el caso se debe revisar.